Información
- Títulocapacidad de innovación de las empresas. Planes de innovación RIS3
- Fecha19-04-2022
- CategoríaCirculante

Descripción
Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, conforme a las definiciones contenidas en el artículo 2, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda.
2. Exclusiones de la presente convocatoria:
a) Las pymes que ya hubiesen resultado beneficiarias de una ayuda en el programa Innovapyme del año 2017 (Resolución de 27 de noviembre de 2017; DOG número 232, de 7 de diciembre), del año 2019 (Resolución de 29 de julio de 2019; DOG número 153, de 13 de agosto, y Resolución de 29 de octubre de 2019; DOG número 226, de 27 de noviembre), del año 2020 (Resolución de 15 de septiembre de 2020; DOG número 196, de 20 de septiembre) y del año 2021 (Resolución de 8 de octubre de 2021; DOG número 203, de 21 de octubre).
b) Las pymes que, en el momento de la publicación de esta resolución, incluyan como rúbricas exclusivas de la Clasificación nacional de actividades económicas CNAE-2009 alguna de las siguientes:
• Sección J: Información y comunicaciones: quedan excluidas como beneficiarias las empresas de las divisiones 61: Telecomunicaciones; 62: Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática, y 63: Servicios de información.
c) Las pymes en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.3 de esta convocatoria.
La Agencia Gallega de Innovación realizará las comprobaciones necesarias para garantizar que las empresas beneficiarias tienen la condición de pyme y que se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 17 de junio, de la Comisión, para considerar a una empresa en crisis.
d) Las pymes en las cuales concurra alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, ni aquellas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
e) Las pymes vinculadas o asociadas y/o pertenecientes al mismo grupo empresarial, en los siguientes casos:
• Que hubiesen sido beneficiarias de otras convocatorias del programa Innovapyme.
• Que sean beneficiarias simultáneamente en la presente convocatoria. En este caso, las pymes beneficiarias deberán determinar cuál es el expediente que continúa en el procedimiento.
f) Las asociaciones, las fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
g) Las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las administraciones públicas, así como aquellas pertenecientes a la Administración institucional, cualquiera que sea la Administración en la que se integren.
h) Cualquier ente, organismo o entidad con personalidad jurídica propia, que se haya creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Objeto
1. Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes), destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de innovación que les permitan el fortalecimiento en aquellas áreas que sean relevantes para la sistematización e internacionalización de los procesos de innovación de la empresa y estén alineados con los retos de la RIS3 para Galicia.
Plazo de presentación hasta el 19 de mayo
Régimen de concurrencia competitiva
Retos de la RIS3:
• Reto 1: nuevo modelo de gestión de los recursos naturales y culturales basados en la innovación. Modernización de los sectores tradicionales gallegos a través de la introducción de innovaciones que incidan en la mejora de la eficiencia y el rendimiento en el uso de los recursos endógenos y su reorientación a los usos alternativos con mayor valor añadido en actividades energéticas, acuícolas, farmacológicas, cosméticas, alimentarias y culturales.
• Reto 2: nuevo modelo industrial sustentado en la competitividad y el conocimiento. Aumentar la intensidad tecnológica de la estructura industrial de Galicia a través de la hibridación y las tecnologías facilitadoras esenciales.
• Reto 3: nuevo modelo de vida saludable cimentado en el envejecimiento activo de la población. Situar a Galicia como la región líder del sur de Europa en oferta de servicios y productos intensivos en conocimiento relacionados con un modelo de vida saludable: envejecimiento activo, aplicación terapéutica de recursos hídricos y marinos y la nutrición funcional.
Prioridades de la RIS3 Galicia:
• Prioridad 1: soluciones científico-tecnológicas para la sostenibilidad. Desarrollo y aplicación de las diferentes soluciones científico-tecnológicas y de innovación para avanzar en la descarbonización de las cadenas de valor, la sostenibilidad de los recursos naturales (tierra y mar) y patrimoniales de Galicia, generando, además, oportunidades para la diversificación a productos sostenibles competitivos internacionalmente y mejorando el bienestar de las personas.
• Prioridad 2: digitalización para el nuevo modelo industrial y social. Apoyo a la tecnificación y digitalización (desarrollo y/o incorporación de tecnologías) para impulsar el modelo industrial gallego y la gestión y prestación de servicios sanitarios y sociales de calidad, como palanca para la transformación resiliente de Galicia.
• Prioridad 3: orientación de los esfuerzos en I+D+i hacia los retos de la sociedad en alimentación, salud y envejecimiento activo, convirtiendo a Galicia en un entorno de referencia mundial para el desarrollo y examen de nuevas oportunidades científico-tecnológicas y empresariales: Galicia Living Lab.
Cadenas de valor de Galicia:
• Cadena de valor de la industria aeroespacial y aeronáutica.
• Cadena de valor de la industria de la agroalimentación.
• Cadena de valor de la industria de automoción.
• Cadena de valor de las energías renovables y el almacenamiento energético.
• Cadena de valor de la industria forestal y de la madera.
• Cadena de valor de la industria del mar y el medio marino.
• Cadena de valor de la industria naval.
• Cadena de valor de la logística.
• Cadena de valor de la salud, la calidad y de vida y el envejecimiento.
• Cadena de valor de la industria textil y de la moda.
• Cadena de valor del turismo y del patrimonio.
• Cadena de valor de las TIC.
Modalidad |
Inversión |
Subvención |
Intensidad |
Subvención no reembolsable |
De 80.000 € a 200.000 € |
De 40.000 € hasta 100.000 € |
50 % |