OBLIGATORIEDAD DE LOS CANALES DE DENUNCIA EN LAS EMPRESAS DE MÁS DE 50 TRABAJADORES

La reciente entrada en vigor de la nueva Ley de Protección de Informantes (Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción) ha traído la obligación para todas las empresas de más de 50 trabajadores de implantar canales de denuncia como cauce para la comunicación de infracciones de distinta índole (penal, laboral, administrativo, etc). Esta nueva normativa (conocida también como normativa Whistleblowing) ha abierto numerosos interrogantes.
la entrada en vigor de la nueva norma ha puesto de actualidad, la necesidad de definir y llevar a cabo un programa o sistema de gestión de compliance que permita identificar y evaluar los riesgos legales a los que se ve expuesta la empresa.
Desde el pasado 13 de marzo es obligatorio contar con un Buzón de Denuncias Interno que permita a los profesionales realizar denuncias laborales anónimas para las empresas de más trabajadores.